Bajo esta etiqueta, encontraréis distintas entradas donde he copiado textualmente los apartados del Estatuto de los Trabajadores que legislan los derechos vigentes a nivel laboral sobre el embarazo, maternidad y paternidad.
La fuente es: http://www.mtas.es/es/publica/estatuto06/estatuto.htm
Quiero puntualizar que la información que recojo es únicamente la presente en el Estatuto de los Trabajadores.
El Estatuto tiene el siguiente ámbito de actuación:
"La presente Ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente
presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y
dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario."
No será aplicable a distintos colectivos: entre ellos funcionariado público, autónomos, relaciones laborales especiales cono altos cargos directivos, servicio doméstico...
Prácticamente todos los empleados por cuenta ajena, estamos representados por esta ley, pero ante la duda, te recomiendo que primero leas los primeros artículos de la Ley para asegurarte que son aplicables a tu persona.
Por otro lado, el Estatuto es una Ley que recoge las obligaciones y derechos básicos de los trabajadores. Es por tanto un documento general.
Los artículos recogidos en el Estatuto se amplían y a veces incluso se mejoran en otros documentos:
- Convenio colectivo: es un documento que además recoge especificaciones del sector profesional y en ocasiones las características de la comunidad autónoma. Este convenio se pacta entre los sindicatos y la patronal y suele revisarse cada cierto tiempo.
- Convenio empresarial: algunas grandes empresas tienen sus propios convenios con mejoras para los empleados. Por ejemplo, el hecho que los profesores tengan prioridad en la inscripción de sus hijos a la enseñanza en el centro donde trabajan. Este convenio se pacta entre la dirección de la empresa y el comité de empresa.
Para ampliar la información que pondré, es importante que consultes si tu empresa tiene convenio empresarial o colectivo y compruebes las especificaciones que allí se recojan en cuanto al embarazo, la maternidad y la paternidad.
El departamento de RRHH o el comité de empresa (si disponéis de uno en la empresa) podrá entregarte una copia y asesorarte.
También puedes buscar el convenio colectivo en la Base de Datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración: http://explotacion.mtin.es/wregcon/
miércoles, 15 de julio de 2009
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